Juicio con jurado popular: cómo se elige y quién puede formar parte
Última actualización: 17 de julio de 2026
Un juicio con jurado popular permite que ciudadanos sin formación jurídica participen directamente en la Administración de Justicia. En España, el denominado legalmente Tribunal del Jurado está compuesto por nueve jurados titulares, dos suplentes y un magistrado profesional que preside el juicio.
El jurado no decide la pena. Su función es valorar las pruebas, declarar qué hechos considera probados y pronunciarse sobre la culpabilidad o no culpabilidad del acusado. Después, el magistrado-presidente dicta la sentencia y fija, en su caso, la pena correspondiente.
La elección del jurado no se realiza de forma improvisada el día del juicio. Comienza con un sorteo basado en el censo electoral, continúa con la selección de candidatos para una causa concreta y termina en la Audiencia Provincial, donde pueden plantearse excusas, incompatibilidades y recusaciones.
Índice
- Qué es un jurado popular
- Cuántos miembros tiene
- Cómo se elige el jurado
- Requisitos para ser jurado
- Quién no puede ser jurado
- Quién puede excusarse
- Cómo funcionan las recusaciones
- Cómo se desarrolla el juicio
- Cómo vota el jurado
- Preguntas frecuentes
Qué es un jurado popular
El Tribunal del Jurado es un órgano encargado de juzgar determinados delitos expresamente previstos por la ley.
Entre ellos se encuentran algunos delitos de:
- Homicidio y asesinato.
- Amenazas.
- Omisión del deber de socorro.
- Allanamiento de morada.
- Cohecho.
- Malversación.
- Tráfico de influencias.
- Infidelidad en la custodia de documentos.
- Fraudes y exacciones ilegales cometidos por funcionarios.
Estos juicios se celebran normalmente en una Audiencia Provincial, aunque determinados procedimientos pueden corresponder a un Tribunal Superior de Justicia o al Tribunal Supremo.
Cuántas personas forman el jurado popular
El Tribunal del Jurado está formado por:
- Nueve jurados titulares.
- Dos jurados suplentes.
- Un magistrado-presidente.
Los dos suplentes asisten a todo el juicio, pero solo intervienen en la deliberación si sustituyen formalmente a un titular.
El magistrado-presidente dirige la vista, resuelve las cuestiones jurídicas y dicta la sentencia. Los ciudadanos que forman el jurado valoran las pruebas y emiten el veredicto.
Cómo se elige un jurado popular
La elección se realiza en varias fases.
1. Sorteo a partir del censo electoral
Cada dos años se elabora en cada provincia una lista de posibles jurados mediante sorteo entre las personas incluidas en el censo electoral.
El sorteo se realiza en los años pares y la lista resultante tiene una duración de dos años.
Estar incluido en esta lista no significa que la persona vaya a participar necesariamente en un juicio. Solo pasa a formar parte del grupo general de posibles candidatos.
2. Selección para un procedimiento concreto
Cuando se va a celebrar un juicio con jurado, se realiza un nuevo sorteo entre las personas incluidas en la lista provincial.
Los seleccionados reciben:
- Una citación judicial.
- Un cuestionario.
- Información sobre el juicio.
- Indicaciones para alegar posibles excusas o incompatibilidades.
En el cuestionario deben comunicar si cumplen los requisitos, si conocen a alguna de las partes o si existe alguna circunstancia que pueda impedirles actuar con imparcialidad.
3. Comprobación de requisitos y excusas
El tribunal analiza las respuestas y la documentación presentada.
También el Ministerio Fiscal, las acusaciones y las defensas pueden pedir la exclusión de un candidato cuando consideren que:
- No cumple los requisitos.
- Está legalmente incapacitado.
- Su profesión es incompatible.
- Tiene relación con alguna de las partes.
- Conoce los hechos.
- Puede carecer de imparcialidad.
4. Selección definitiva en la Audiencia Provincial
El día señalado deben comparecer al menos veinte candidatos válidos.
Los nombres se extraen uno a uno mediante sorteo. Las partes pueden formular preguntas para comprobar la imparcialidad de cada persona y, en ciertos casos, recusarla.
El proceso termina cuando se eligen:
- Nueve titulares.
- Dos suplentes.
Después, todos ellos prestan juramento o promesa de actuar con imparcialidad y guardar secreto sobre las deliberaciones.
Requisitos para ser jurado popular
Para poder formar parte de un jurado popular es necesario:
- Ser español.
- Ser mayor de edad.
- Encontrarse en pleno ejercicio de los derechos políticos.
- Saber leer y escribir.
- Ser vecino de un municipio de la provincia donde se cometió el delito.
- Tener aptitud suficiente para desempeñar la función.
No es necesario tener estudios universitarios ni conocimientos jurídicos.
La discapacidad no permite excluir automáticamente a una persona. La Administración de Justicia debe facilitar los apoyos y ajustes razonables que sean necesarios.
Quién no puede ser jurado
La ley distingue entre incapacidad, incompatibilidad y prohibición para intervenir en una causa concreta.
Personas incapacitadas
No pueden ser jurado, entre otras:
- Las personas condenadas por delito doloso que no hayan sido rehabilitadas.
- Las personas procesadas.
- Los acusados respecto de los cuales se haya abierto juicio oral.
- Quienes estén detenidos o en prisión provisional.
- Quienes estén cumpliendo una pena por delito.
- Quienes estén suspendidos de un empleo o cargo público dentro de un procedimiento penal.
Profesiones y cargos incompatibles
No pueden actuar como jurados mientras ocupen determinados cargos o ejerzan determinadas profesiones.
Entre otros:
- Miembros del Gobierno.
- Diputados y senadores.
- Alcaldes y concejales.
- Jueces y fiscales en activo.
- Personal al servicio de la Administración de Justicia.
- Médicos forenses.
- Abogados y procuradores en ejercicio.
- Profesores universitarios de disciplinas jurídicas o medicina legal.
- Miembros en activo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- Funcionarios de instituciones penitenciarias.
- Integrantes de unidades de Policía Judicial.
Por tanto, un policía nacional, guardia civil, policía local o funcionario de prisiones en activo no puede formar parte de un jurado popular.
Personas relacionadas con la causa
Una persona tampoco puede intervenir si:
- Es parte en el procedimiento.
- Tiene parentesco o una relación estrecha con alguna de las partes.
- Conoce personalmente al acusado, a la víctima o a un testigo relevante.
- Tiene interés directo o indirecto en el resultado.
- Ha intervenido como testigo, perito o intérprete.
- Conoció los hechos por razón de su profesión o cargo.
- Existe alguna circunstancia que pueda afectar a su imparcialidad.
Quién puede excusarse de ser jurado
Ser jurado es un deber ciudadano. Una persona no puede negarse simplemente porque no quiera participar o porque el juicio le resulte incómodo.
No obstante, puede solicitar una excusa si acredita alguno de estos motivos:
- Ser mayor de 65 años.
- Tener una discapacidad.
- Haber ejercido como jurado durante los cuatro años anteriores.
- Sufrir graves cargas familiares.
- Tener una enfermedad o limitación relevante.
- Desempeñar un trabajo de interés general cuya sustitución cause un perjuicio grave.
- Residir en el extranjero.
- Ser militar profesional en activo y existir razones de servicio.
- Acreditar cualquier otra causa que dificulte gravemente el desempeño de la función.
La excusa debe justificarse documentalmente y ser aceptada por el órgano judicial.
Cómo funcionan las recusaciones
La recusación es el mecanismo por el que una acusación o una defensa pide que un candidato no forme parte del jurado.
Existen dos tipos.
Recusación con causa
Se utiliza cuando existe un motivo legal concreto.
Por ejemplo:
- El candidato no cumple los requisitos.
- Tiene una profesión incompatible.
- Conoce al acusado o a la víctima.
- Ha intervenido previamente en el caso.
- Tiene interés personal en el procedimiento.
- Ha expresado opiniones que pueden revelar falta de imparcialidad.
El magistrado-presidente escucha al candidato y decide si debe ser excluido.
Recusación sin causa
Durante la selección definitiva, las acusaciones y las defensas pueden rechazar a determinados candidatos sin explicar el motivo.
Los límites son:
- Hasta cuatro recusaciones para el conjunto de las acusaciones.
- Hasta cuatro recusaciones para el conjunto de las defensas.
No son cuatro recusaciones por cada abogado. Todas las acusaciones comparten un máximo de cuatro y todas las defensas otro máximo de cuatro.
| Tipo de recusación | ¿Debe explicarse el motivo? | Límite |
|---|---|---|
| Por incapacidad | Sí | Sin límite fijo |
| Por incompatibilidad | Sí | Sin límite fijo |
| Por falta de imparcialidad | Sí | Sin límite fijo |
| Sin causa de las acusaciones | No | Cuatro en conjunto |
| Sin causa de las defensas | No | Cuatro en conjunto |
Cómo se desarrolla un juicio con jurado popular
Una vez constituido el tribunal, comienza el juicio oral.
Alegaciones iniciales
Las acusaciones y las defensas explican al jurado:
- Qué hechos sostienen.
- Qué delito consideran cometido.
- Qué pruebas van a presentar.
- Qué pretenden demostrar.
Práctica de las pruebas
Durante el juicio pueden declarar:
- El acusado.
- La víctima.
- Los testigos.
- Los peritos.
- Los agentes policiales que participaron en la investigación.
También pueden presentarse documentos, grabaciones, informes periciales y otras pruebas.
Los jurados pueden formular preguntas por escrito. El magistrado-presidente decide si son pertinentes antes de trasladarlas al acusado, testigo o perito.
Informes finales
Cuando termina la práctica de la prueba, las acusaciones y las defensas exponen sus conclusiones.
El acusado tiene derecho a pronunciar la última palabra.
Entrega del objeto del veredicto
El magistrado redacta una serie de preguntas concretas que el jurado debe responder.
Por ejemplo:
- Si considera probado que el acusado estuvo en el lugar.
- Si utilizó un arma.
- Si actuó con intención de matar.
- Si concurrió legítima defensa.
- Si debe ser declarado culpable o no culpable.
El jurado no responde únicamente con una opinión general. Debe analizar por separado los hechos relevantes.
Cómo delibera y vota el jurado
La deliberación se realiza a puerta cerrada.
Los nueve jurados eligen un portavoz y votan cada hecho de forma individual. Ningún jurado puede abstenerse.
Mayorías necesarias
| Decisión | Votos necesarios |
|---|---|
| Declarar probado un hecho perjudicial para el acusado | 7 de 9 |
| Declarar probado un hecho favorable al acusado | 5 de 9 |
| Declarar culpable al acusado | 7 de 9 |
| Declarar no culpable al acusado | 5 de 9 |
En España no se exige unanimidad.
El veredicto debe incluir una breve explicación de las pruebas que han llevado al jurado a tomar su decisión. No basta con indicar únicamente “culpable” o “no culpable”.
Qué decide el jurado y qué decide el magistrado
Las funciones están claramente separadas.
El jurado decide
- Qué hechos considera probados.
- Qué hechos no considera probados.
- Si el acusado es culpable.
- Si el acusado es no culpable.
El magistrado decide
- Las cuestiones jurídicas.
- La admisión de pruebas.
- La dirección del juicio.
- La validez formal del veredicto.
- La pena aplicable.
- La responsabilidad civil.
- El contenido final de la sentencia.
El jurado no decide cuántos años de prisión debe cumplir el acusado.
¿Es obligatorio acudir si se recibe una citación?
Sí. La citación para formar parte de un jurado popular es obligatoria.
El candidato debe:
- Comparecer el día señalado.
- Responder al cuestionario.
- Comunicar cualquier incompatibilidad.
- Aportar documentación si solicita una excusa.
- Responder con veracidad.
La incomparecencia injustificada puede ser sancionada.
El desempeño de la función de jurado se considera un deber público y personal, por lo que el trabajador puede ausentarse de su puesto durante el tiempo indispensable.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas personas forman un jurado popular?
Nueve titulares y dos suplentes, además de un magistrado-presidente.
¿Es necesario estudiar Derecho para ser jurado?
No. No se exige formación jurídica ni estudios universitarios.
¿Puede un policía ser jurado popular?
No mientras se encuentre en activo, porque los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad son incompatibles con esta función.
¿Puede una persona negarse a ser jurado?
Solo cuando exista una causa legal de excusa, incapacidad o incompatibilidad debidamente acreditada.
¿Cuántos candidatos deben comparecer?
Para iniciar la selección definitiva deben existir al menos veinte candidatos válidos.
¿Cuántos votos hacen falta para declarar culpable al acusado?
Se necesitan al menos siete votos de los nueve jurados.
¿Cuántos votos hacen falta para declarar no culpable al acusado?
Se necesitan al menos cinco votos.
¿Puede la defensa rechazar candidatos?
Sí. Puede recusarlos por una causa legal y dispone, junto con las demás defensas, de hasta cuatro recusaciones sin causa.
¿El jurado decide la pena?
No. La pena la fija el magistrado-presidente en la sentencia.
Conclusión
El juicio con jurado popular es un procedimiento en el que nueve ciudadanos valoran las pruebas y deciden si determinados hechos han quedado probados y si el acusado es culpable o no culpable.
La selección parte del censo electoral, continúa con un sorteo para una causa concreta y termina en la Audiencia Provincial. Durante este proceso se comprueba que los candidatos cumplen los requisitos y no están afectados por incapacidades, incompatibilidades, prohibiciones o causas de recusación.
El sistema busca garantizar dos objetivos: la participación ciudadana en la Justicia y la imparcialidad de quienes deben emitir el veredicto.













